Información Legal de la Empresa

La información contenida en este sitio web tiene propósitos exclusivamente informativos y no puede ser considerada como oferta de venta.
Los precios sugeridos incluyen IVA y bonificaciones vigentes, son de contado. No incluyen flete, patentamiento ni seguro y son sujetos a disponibilidad.
General Motors de Argentina S.R.L. se reserva el derecho a introducir cambios en cualquier momento, sin previo aviso, en lo referente a precios, modelos, equipamiento, especificaciones y disponibilidades.
Las fotos no son contractuales. Para mayor información sobre el producto, comuníquese con el Centro de Atención al Cliente Chevrolet (0800-888-2438), o bien acercate a una de las sucursales de Collins Automotores S.A.

Consultá términos y condiciones de Plan de Ahorro

Joy Plus:
Chevrolet S.A. de Ahorro para Fines Determinados. Av. Del Libertador 101, piso 14°, Vicente López, Buenos Aires. Planes de ahorro previo por GRUPO CERRADO de 120 meses adjudicables por sorteo o licitación, aprobados por Res. 917/96 IGJ (23/09/1996) y 906/04 IGJ (27/07/2004). Al retirar el vehículo, el suscriptor abonará gastos de entrega, cuyo monto estará sujeto a libre pacto dentro de los valores máximos comunicados a la Inspección General de Justicia, conforme al art. 26, ap 26.4 Res. Gral. IGJ N° 8/15. Para información sobre nuestros productos ingrese a www.planchevrolet.com.ar, escribanos a la casilla plandeahorrocliente_arg@cliente.gm.com o llame al 0810-777-7526 de lunes a viernes de 8 a 20hrs.

Onix LS:

Chevrolet S.A. de Ahorro para Fines Determinados. Av. Del Libertador 101, piso 14°, Vicente López, Buenos Aires. Planes de ahorro previo por GRUPO CERRADO de 120 meses adjudicables por sorteo o licitación, aprobados por Res. 917/96 IGJ (23/09/1996) y 906/04 IGJ (27/07/2004). Al retirar el vehículo, el suscriptor abonará gastos de entrega, cuyo monto estará sujeto a libre pacto dentro de los valores máximos comunicados a la Inspección General de Justicia, conforme al art. 26, ap 26.4 Res. Gral. IGJ N° 8/15. Para información sobre nuestros productos ingrese a www.planchevrolet.com.ar, escribanos a la casilla plandeahorrocliente_arg@cliente.gm.com o llame al 0810-777-7526 de lunes a viernes de 8 a 20hrs.

Cruze 5:
Chevrolet S.A. de Ahorro para Fines Determinados. Av. Del Libertador 101, piso 14°, Vicente López, Buenos Aires. Planes de ahorro previo por GRUPO CERRADO de 84 meses adjudicables por sorteo o licitación, aprobados por Res. 917/96 IGJ (23/09/1996) y 906/04 IGJ (27/07/2004). Al retirar el vehículo, el suscriptor abonará gastos de entrega, cuyo monto estará sujeto a libre pacto dentro de los valores máximos comunicados a la Inspección General de Justicia, conforme al art. 26, ap 26.4 Res. Gral. IGJ N° 8/15. Para información sobre nuestros productos ingrese a https://www.chevrolet.com.ar/plan-chevrolet , escribanos a la casilla plandeahorrocliente_arg@cliente.gm.com o llame al 0810-777-7526 de lunes a viernes de 8 a 20hrs.

S10:
Chevrolet S.A. de Ahorro para Fines Determinados. Av. Del Libertador 101, piso 14°, Vicente López, Buenos Aires. Planes de ahorro previo por GRUPO CERRADO de 120 meses adjudicables por sorteo o licitación, aprobados por Res. 917/96 IGJ (23/09/1996), 906/04 IGJ (27/07/2004) y Res 900/19 IGJ (03/12/2019). Al retirar el vehículo, el suscriptor abonará gastos de entrega, cuyo monto estará sujeto a libre pacto dentro de los valores máximos comunicados a la Inspección General de Justicia, conforme al art. 26, ap 26.4 Res. Gral. IGJ N° 8/15. Para información sobre nuestros productos ingrese a www.planchevrolet.com.ar, escribanos a la casilla plandeahorrocliente_arg@cliente.gm.com o llame al 0810-777-7526 de lunes a viernes de 8 a 20hrs.

Tracker:
Chevrolet S.A. de Ahorro para Fines Determinados. Av. Del Libertador 101, piso 14°, Vicente López, Buenos Aires. Planes de ahorro previo por GRUPO CERRADO de 120 meses adjudicables por sorteo o licitación, aprobados por Res. 917/96 IGJ (23/09/1996) y 906/04 IGJ (27/07/2004). Al retirar el vehículo, el suscriptor abonará gastos de entrega, cuyo monto estará sujeto a libre pacto dentro de los valores máximos comunicados a la Inspección General de Justicia, conforme al art. 26, ap 26.4 Res. Gral. IGJ N° 8/15. Para información sobre nuestros productos ingrese a http://www.planchevrolet.com.ar, escribanos a la casilla plandeahorrocliente_arg@cliente.gm.com o llame al 0810-777-7526 de lunes a viernes de 8 a 20hrs.

PLAN CHEVROLET

Voucher vacacional promocional:

El voucher promocional será utilizado de la siguiente manera y en las siguientes condiciones:

Las estadías son válidas para ser utilizada hasta el 30/09/2023, excepto vacaciones de invierno y verano, época de sky en complejos de nieve, semana santa y fines de semana largo.

– Las solicitudes están sujetas a disponibilidad del banco de espacios y deberán ser solicitadas con un mínimo de 30 días previos a la fecha/s de viaje.

– La utilización de la semana es intransferible, no podrá ser vendida u otorgada como forma de pago y no podrá ser canjeada por dinero

– Al momento de la confirmación del espacio solicitado, sé deberá abonar la tasa de servicio * (en el transcurso del 2022/2023 pueden sufrir modificaciones)

– La estadía no incluye consumos, pasajes ni otros conceptos del alojamiento.

– Los servicios incluidos en la estadía son los siguientes: alojamiento en depto. totalmente equipado con dormitorio principal, living comedor con sofá cama, baño y cocina completa, vajilla completa, tv color por cable, servicio de mucama y ropa blanca.

– Utilización de la infraestructura del complejo (pileta, sala de juegos, gimnasio, etc). no incluye servicios arancelados.

Válido para planes de ahorro de ONIX JOY PLUS 1.4 N MT suscriptos en el concesionario Oficial Chevrolet Collins Automotores SA entre el 01/10/2022 y el 30/04/2023. Cuota 1: $39.831. Montos de las cuotas pueden variar si varía el Valor Básico del vehículo suscripto. Al suscribir a Plan Chevrolet con débito automático el suscriptor contará con la entrega de un voucher promocional, cuyo monto estará sujeto a libre pacto dentro de los valores máximos comunicados a la Inspección General de Justicia, conforme al art. 26, ap 26.4 Res. Gral. IGJ N° 8/15. Para información sobre nuestros productos completa el formulario. Se aplican condiciones. Promoción válida solo para nuevas suscripciones durante el mes de Octubre.

La primera cuota no incluye gastos administrativos.

Válido para planes de ahorro de TRACKER 1.2T MT suscriptos en el concesionario Oficial Chevrolet Collins Automotores SA entre el 01/10/2022 y el 30/04/2023. Cuota 1: $55.734. Montos de las cuotas pueden variar si varía el Valor Básico del vehículo suscripto. Al suscribir a Plan Chevrolet con débito automático el suscriptor contará con la entrega de un voucher promocional, cuyo monto estará sujeto a libre pacto dentro de los valores máximos comunicados a la Inspección General de Justicia, conforme al art. 26, ap 26.4 Res. Gral. IGJ N° 8/15. Para información sobre nuestros productos completa el formulario. Se aplican condiciones. Promoción válida solo para nuevas suscripciones durante el mes de Octubre.

La primera cuota no incluye gastos administrativos.

Válido para planes de ahorro de S10 CD 2.8 TD 4X2 LS MT – suscriptos en el concesionario Oficial Chevrolet Collins Automotores SA entre el 01/10/2022 y el 30/04/2023. Cuota 1: $82.642. Montos de las cuotas pueden variar si varía el Valor Básico del vehículo suscripto. Al suscribir a Plan Chevrolet con débito automático el suscriptor contará con la entrega de un voucher promocional, cuyo monto estará sujeto a libre pacto dentro de los valores máximos comunicados a la Inspección General de Justicia, conforme al art. 26, ap 26.4 Res. Gral. IGJ N° 8/15. Para información sobre nuestros productos completa el formulario. Se aplican condiciones. Promoción válida solo para nuevas suscripciones durante el mes de Octubre.

La primera cuota no incluye gastos administrativos.

Válido para planes de ahorro de CRUZE 5P 1.4T LT MT suscriptos en el concesionario Oficial Chevrolet Collins Automotores SA entre el 01/10/2022 y el 30/04/2022. Cuota 1: $70.302. Montos de las cuotas pueden variar si varía el Valor Básico del vehículo suscripto. . Al suscribir a Plan Chevrolet con débito automático el suscriptor contará con la entrega de un voucher promocional, cuyo monto estará sujeto a libre pacto dentro de los valores máximos comunicados a la Inspección General de Justicia, conforme al art. 26, ap 26.4 Res. Gral. IGJ N° 8/15. Para información sobre nuestros productos completa el formulario. Se aplican condiciones. Promoción válida solo para nuevas suscripciones durante el mes de Octubre.

La primera cuota no incluye gastos administrativos.

Válido para planes de ahorro de Onix 1.2 suscriptos en el concesionario Oficial Chevrolet Collins Automotores SA entre el 01/10/2022 y el 30/04/2022. Cuota 1: $46.137. Montos de las cuotas pueden variar si varía el Valor Básico del vehículo suscripto. . Al suscribir a Plan Chevrolet con débito automático el suscriptor contará con la entrega de un voucher promocional, cuyo monto estará sujeto a libre pacto dentro de los valores máximos comunicados a la Inspección General de Justicia, conforme al art. 26, ap 26.4 Res. Gral. IGJ N° 8/15. Para información sobre nuestros productos completa el formulario. Se aplican condiciones. Promoción válida solo para nuevas suscripciones durante el mes de Octubre.

La primera cuota no incluye gastos administrativos.

 

PLAN CHEVROLET

ONIX JOY “Plan 120” Según “Circular Chevrolet SA de Ahorro para fines determinados N° 101/2020”

ONIX JOY: Cuotas que figuran en la página: Valor de cuota 2

Chevrolet S.A. de Ahorro para Fines Determinados. Av. Del Libertador 101 piso 14 Vicente López Buenos Aires CUIT: 30-68588847-1. Planes de ahorro previo por GRUPO CERRADO de 120 meses adjudicables por sorteo o licitación aprobados por Res IGJ 917/96 (23/9/96) y 906/04 (27/7/04) (1) Valido para planes de ahorro de Onix Joy (origen Brasil) suscriptos en Argentina entre el 01/10/20 y el 31/10/2020.

Cuota reducida:
  1. El presente sistema de “Cuota Reducida’ se aplicara para la suscripción de planes cuya duración se encuentra especificada en el frente de la Solicitud de Adhesión.
  1. Los términos y condiciones, así como la vigencia de este beneficio, podrá ser modificada por Chevrolet S.A. de Ahorro Para Fines Determinados si así lo decidiera. Los porcentajes de diferimiento que se realizan sobre cada cuota en el sistema y que se detallan en el punto 3 siguiente, se aplicaran sobre el precio de los vehículos que se informan en www.planchevrolet.com.ar y en el 0810-777-7526. El valor de los vehículos se
    encuentra sujeto a las variables de precios que General Motors de Argentina S.R.L. informe de tanto en tanto. Los porcentajes de diferimiento respecto de cada cuota pura son los siguientes el suscriptor abonará cuota 1 con reducción del 25%, cuotas puras 2 a 6 con reducción del 58%, cuotas puras 7 a 12 con reducción del 44,40%, cuotas 13 a 15 con reducción del 30% , cuotas 16 a 18 con reducción del 20%, y cuota 19 a 21 con reducción del 10%, difiriéndose el pago de dichos porcentajes de manera prorrateada entre cuotas 22 a 84.
  1. Ante el eventual cambio de precio del Valor Básico del bien suscripto, la reducción en las primeras cuotas o el recupero de dicha reducción (según corresponda) se ajustara en forma proporcional al mismo. Ello, toda vez que el porcentaje que se abone al cancelar cada cuota mensual será equivalente a un porcentaje del Valor Básico del bien objeto del plan de ahorro.

Se aclara que por “Valor Básico” se entiende el precio de lista de venta al publico al contado sugerido o indicado, periódicamente, por la Terminal o, en el caso de bienes importados, por el representante exclusivo en el país del fabricante exportador del vehículo, incluyendo los accesorios no opcionales, determinados por la Terminal, y toda bonificación que realice la Terminal a los agentes y concesionarios de su red de comercialización, en los términos y con las excepciones dispuestas en la Resolución Gral. |GJ N° 8/15, Cap. II. Art 32.

  1. En caso de rescisión o renuncia del plan de ahorro, en los términos establecidos en las Condiciones Generales del Contrato de Adhesión, la reducci6n en la cuota quedara sin efecto desde la fecha de la primera cuota impaga.
  2. La cuota de licitación será equivalente a la cuota pura real del grupo. Es decir, será la resultante de dividir el valor básico del bien suscriptor la cantidad de meses de duración del plan.
  3. Alos efectos del calculo del Haber Neto, será de aplicación lo previsto en las clausulas 18.1 0 19.2 de la Solicitud de Adhesión, pero las cuotas reducidas serán consideradas por el porcentaje realmente pago. No se las considerara como el pago de una cuota entera.
  4. El sistema Cuota Reducida constituye una redistribución en el importe de las cuotas puras, pero no significa bonificaci6n final alguna. No se aplicaran intereses en el recupero de la parte proporcional financiada.
  5. De producirse la cancelación anticipada del presente contrato, reconoceré como deuda las sucesivas reducciones de cuota que me hubiesen otorgado en el trascurso de las primeras 21 cuotas, neto de los recuperos que se hubiesen abonado desde la cuota N° 22 en adelante.
  6. En caso de cesión del plan, el cedente deberá informar al cesionario sobre las condiciones comerciales que rigen para el Plan.
BENEFICIO CUOTA FIJA

Por medio de la presente, declaro conocer y aceptar la “Bonificación de Aumento de la Cuota Pura’ aplicable a las doce (12) primeras cuotas de mi plan de ahorro, de acuerdo a las siguientes condiciones:

  1. a) El monto de la cuota numero uno (1) será determinado en función del Valor Básico del Bien Tipo vigente al momento de la suscripción de la Solicitud de Adhesión. Desde la cuota dos (2) y hasta la cuota seis (6) inclusive, los montos de la cuota pura quedaran fijos y serán equivalentes al valor de la cuota 1 con una reducción del 44,00%. Desde la cuota siete (7) y hasta la cuota doce (12) inclusive, los montos de la cuota pura quedaran fijos y serán equivalentes al valor de las cuotas 2 a 6 con mas un 32,38% de incremento. Los incrementos del Valor Básico que afecten en exceso el monto determinado para las doce (12) cuotas puras estarán bonificados por General Motors de Argentina S.R.L. siempre que el incremento del Valor Básico durante las primeras doce cuotas no supere el 15% (QUINCE POR CIENTO) como máximo del Valor Básico del Bien Tipo (en adelante la “BONIFICACION’). El porcentaje en exceso estará a cargo del suscriptor y se incluirá en forma prorrateada entre los vencimientos de las cuotas 18 a 84.
  2. b) Para acceder ala BONIFICACION, el suscriptor deberá retirar el vehículo durante la vigencia del plan. Caso contrario, la Administradora procederá a descontar el importe oportunamente bonificado al momento de la liquidación del haber neto.
  3. c) El beneficio será igual y uniforme para todos los integrantes del mismo grupo.
  4. d) Las cancelaciones anticipadas de cuota, licitaciones y rehabilitaciones efectuadas durante las primeras doce cuotas quedaran excluidas de la BONIFICACION, debiendo abonarse la cuota completa sin el beneficio de la BONIFICACION, según el Valor Básico vigente ala fecha del efectivo pago.
  5. e) Encaso de cesión del plan de ahorro, el suscriptor cedente deberá notificar al nuevo suscriptor las condiciones comerciales que rigen para el mismo y en particular de las obligaciones emergentes del presente Anexo. En ese sentido, la Administradora no se hace responsable en lo que respecta a la vigencia y transferencia de la BONIFICACION.
  6. f) Los incrementos que se produzcan como consecuencia de las variaciones del Valor Básico del Bien Tipo, durante los doce (12) meses de cuota fija, no generaran intereses ni costos para el Grupo.
INTEGRACION MINIMA
  1. a) Los clientes mencionados en el punto uno (1) del presente Anexo, que resulten adjudicados entre las cuotas numero dos (2) y treinta (30), tendrán que completar la integración mínima de 30 cuotas para poder realizar el pedido de la unidad, siempre y cuando demuestren solvencia suficiente para garantizar el saldo de la deuda, conforme lo previsto en el articulo 29 de la Resolución General IGJ N° 8/2015.
  2. b) El cliente deberá cumplir con las exigencias de la política crediticia vigente al momento de la adjudicaci6n para acceder a esta promoción.

Al retirar el vehículo el suscriptor abonará gastos de entrega. Monto sujeto a libre pacto dentro de los valores máximos comunicados a IGJ (art. 26 ap 26.4 Res. IGJ N° 8/15). Modalidad 100% cuota reducida.

ONIX, ONIX JOY PLUS, TRACKER PREMIER “PLAN 12 CUOTAS FIJAS” Según “Circular Chevrolet S.A. de Ahorro para fines determinados N° 101/2020”

ONIX, ONIX JOY, TRACKER PREMIER: Cuotas que figuran en la página: Valor de cuota 2

Chevrolet S.A. de Ahorro para Fines Determinados. Av. Del Libertador 101 piso 14 Vicente López Buenos Aires. CUIT: 30-68588847-1. Planes de ahorro previo por GRUPO CERRADO de 84 meses adjudicables por sorteo o licitación, aprobados por Res. 917/96 IGJ (23/9/96) y 906/04 IGJ (27/7/04). Valido únicamente para planes de ahorro previo de Chevrolet Onix JOY PLUS (origen: Brasil), ONIX 1.2 LS (origen: Brasil),TRACKER 1.2 AT PREMIER, suscriptos en Argentina entre el 01/10/2020 y el 31/10/20.

Cuota reducida:
  1. El presente sistema de “Cuota Reducida’ se aplicara para la suscripción de planes cuya duración se encuentra especificada en el frente de la Solicitud de Adhesión.
  1. Los términos y condiciones, así como la vigencia de este beneficio, podrá ser modificada por Chevrolet S.A. de Ahorro Para Fines Determinados si así lo decidiera. Los porcentajes de diferimiento que se realizan sobre cada cuota en el sistema y que se detallan en el punto 3 siguiente, se aplicaran sobre el precio de los vehículos que se informan en www.planchevrolet.com.ar y en el 0810-777-7526. El valor de los vehículos se encuentra sujeto a las variables de precios que General Motors de Argentina S.R.L. informe de tanto en tanto. Los porcentajes de diferimiento respecto de cada cuota pura son los siguientes el suscriptor abonará cuota 1 con reducción del 20%, cuotas puras 2 a 6 con reducción del 41%, cuotas puras 7 a 11 con reducción del 30%, cuotas 12 a 16 con reducción del 20% y cuota 17 a 21 con reducción del 15%, difiriéndose el pago de dichos porcentajes de manera prorrateada entre cuotas 22 a 84.
  1. Ante el eventual cambio de precio del Valor Básico del bien suscripto, la reducción en las primeras cuotas o el recupero de dicha reducción (según corresponda) se ajustara en forma proporcional al mismo. Ello, toda vez que el porcentaje que se abone al cancelar cada cuota mensual será equivalente a un porcentaje del Valor Básico del bien objeto del plan de ahorro.

Se aclara que por “Valor Básico” se entiende el precio de lista de venta al publico al contado sugerido o indicado, periódicamente, por la Terminal o, en el caso de bienes importados, por el representante exclusivo en el país del fabricante exportador del vehículo, incluyendo los accesorios no opcionales, determinados por la Terminal, y toda bonificación que realice la Terminal a los agentes y concesionarios de su red de comercialización, en los términos y con las excepciones dispuestas en la Resolución Gral. |GJ N° 8/15, Cap. II. Art 32.

  1. En caso de rescisión o renuncia del plan de ahorro, en los términos establecidos en las Condiciones Generales del Contrato de Adhesion, la reducci6n en la cuota quedara sin efecto desde la fecha de la primera cuota impaga.
  2. La cuota de licitación será equivalente a la cuota pura real del grupo. Es decir, será la resultante de dividir el valor básico del bien suscripto por la cantidad de meses de duración del plan.
  3. Alos efectos del calculo del Haber Neto, será de aplicación lo previsto en las clausulas 18.1 0 19.2 de la Solicitud de Adhesión, pero las cuotas reducidas serán consideradas por el porcentaje realmente pago. No se las considerara como el pago de una cuota entera.
  4. El sistema Cuota Reducida constituye una redistribución en el importe de las cuotas puras, pero no significa bonificaci6n final alguna. No se aplicaran intereses en el recupero de la parte proporcional financiada.
  5. De producirse la cancelación anticipada del presente contrato, reconoceré como deuda las sucesivas reducciones de cuota que me hubiesen otorgado en el trascurso de las primeras 21 cuotas, neto de los recuperos que se hubiesen abonado desde la cuota N° 22 en adelante. 9. En caso de cesión del plan, el cedente deberá informar al cesionario sobre las condiciones comerciales que rigen para el Plan.
BENEFICIO CUOTA FIJA
  1. a) El monto de la cuota numero uno (1) será determinado en función del Valor Básico del Bien Tipo vigente al momento de la suscripción de la Solicitud de Adhesión. Desde la cuota dos (2) y hasta la cuota seis (6) inclusive, los montos de la cuota pura quedaran fijos y serán equivalentes al valor de la cuota 1 con una reducción del 26,25%. Desde la cuota siete (7) y hasta la cuota once (11) inclusive, los montos de la cuota pura quedaran fijos y serán equivalentes al valor de las cuotas 2 a 6 con mas un 18,64% de incremento. La cuota doce (12) será también fija y será equivalente al valor de las cuotas 7 a 11 con mas un 14,29% de incremento. Los incrementos del Valor Básico que afecten en exceso el monto determinado para las doce (12) primeras cuotas estarán bonificados por General Motors de Argentina S.R.L. siempre que el incremento del Valor Básico durante las primeras doce cuotas no supere el 20 % (veinte por ciento) (en adelante la “BONIFICACION’). El porcentaje en exceso estará a cargo del suscriptor y se incluirá en forma prorrateada entre los vencimientos de las cuotas 18 a 50.
  2. b) Para acceder a la BONIFICACION, el suscriptor deberá retirar el vehículo durante la vigencia del plan. Caso contrario, la Administradora procederá a descontar el importe oportunamente bonificado al momento de la liquidación del haber neto.
  3. c) El beneficio será igual y uniforme para todos los integrantes del mismo grupo.
  4. d) Las cancelaciones anticipadas de cuota, licitaciones y rehabilitaciones efectuadas durante las primeras doce cuotas quedaran excluidas de la BONIFICACION, debiendo abonarse la cuota completa sin el beneficio de la BONIFICACION, según el Valor Básico vigente a la fecha del efectivo pago.
  5. e) En caso de cesión del plan de ahorro, el suscriptor cedente deberá notificar al nuevo suscriptor las condiciones comerciales que rigen para el mismo y en particular de las obligaciones emergentes del presente Anexo. En ese sentido, la Administradora no se hace responsable en lo que respecta a la vigencia y transferencia de la BONIFICACION.
BENEFICIO SIN INTEGRACION MINIMA
  1. a) Los clientes mencionados en el punto uno (1) del presente Anexo, que resulten adjudicados entre las cuotas numero dos (2) y veintitrés (23), no tendrán que completar la integración mínima para poder realizar el pedido de la unidad, siempre y cuando demuestren solvencia suficiente para garantizar el saldo de la deuda, conforme lo previsto en el articulo 29 de la Resolución General IGJ N° 8/2015.
  2. b) El cliente deberá cumplir con las exigencias de la política crediticia vigente al momento de la adjudicación para acceder a esta promoción.

Al retirar el vehículo el suscriptor abonará gastos de entrega. Monto sujeto a libre pacto dentro de los valores máximos comunicados a IGJ (art. 26 ap 26.4 Res. IGJ N° 8/15). Modalidad 100% cuota reducida

 

Cruze “PLAN 12 CUOTAS FIJAS” Según “Circular Chevrolet S.A. de Ahorro para fines determinados N° 101/2020”

Cruze: Cuotas que figuran en la página: Valor de cuota 2

Chevrolet S.A. de Ahorro para Fines Determinados. Av. Del Libertador 101 piso 14 Vicente López Buenos Aires. CUIT: 30-68588847-1. Planes de ahorro previo por GRUPO CERRADO de 84 meses adjudicables por sorteo o licitación, aprobados por Res. 917/96 IGJ (23/9/96) y 906/04 IGJ (27/7/04). Valido únicamente para planes de ahorro previo de Chevrolet Cruze 5P 1.4T LT MT (origen: Argentina), suscriptos en Argentina entre el 01/10/2020 y el 31/10/20.

CUOTA REDUCIDA
  1. El presente sistema de “Cuota Reducida’ se aplicara para la suscripción de planes cuya duración se encuentra especificada en el frente de la Solicitud de Adhesión.
  1. Los términos y condiciones, así como la vigencia de este beneficio, podrá ser modificada por Chevrolet S.A. de Ahorro Para Fines Determinados si así lo decidiera. Los porcentajes de diferimiento que se realizan sobre cada cuota en el sistema y que se detallan en el punto 3 siguiente, se aplicaran sobre el precio de los vehículos que se informan en www.planchevrolet.com.ar y en el 0810-777-7526. El valor de los vehículos se encuentra sujeto a las variables de precios que General Motors de Argentina S.R.L. informe de tanto en tanto. Los porcentajes de diferimiento respecto de cada cuota pura son los siguientes: el suscriptor abonará cuota 1 con reducción del 20%, cuotas puras 2 a 6 con reducción del 41%, cuotas puras 7 a 11 con reducción del 30%, cuotas 12 a 16 con reducción del 20% y cuota 17 a 21 con reducción del 15%, difiriéndose el pago de dichos porcentajes de manera prorrateada entre cuotas 22 a 50.
  2. Ante el eventual cambio de precio del Valor Básico del bien suscripto, la reducción en las primeras cuotas o el recupero de dicha reducción (según corresponda) se ajustara en forma proporcional al mismo. Ello, toda vez que el porcentaje que se abone al cancelar cada cuota mensual será equivalente a un porcentaje del Valor Básico del bien objeto del plan de ahorro.

Se aclara que por “Valor Básico” se entiende el precio de lista de venta al publico al contado sugerido o indicado, periódicamente, por la Terminal o, en el caso de bienes importados, por el representante exclusivo en el país del fabricante exportador del vehículo, incluyendo los accesorios no opcionales, determinados por la Terminal, y toda bonificación que realice la Terminal a los agentes y concesionarios de su red de comercialización, en los términos y con las excepciones dispuestas en la Resolución Gral. |GJ N° 8/15, Cap. II. Art 32.

  1. En caso de rescisión o renuncia del plan de ahorro, en los términos establecidos en las Condiciones Generales del Contrato de Adhesión, la reducci6n en la cuota quedara sin efecto desde la fecha de la primera cuota impaga.
  2. La cuota de licitación será equivalente a la cuota pura real del grupo. Es decir, será la resultante de dividir el valor básico del bien suscripto por la cantidad de meses de duración del plan.
  3. Alos efectos del calculo del Haber Neto, será de aplicación lo previsto en las clausulas 18.1 0 19.2 de la Solicitud de Adhesión, pero las cuotas reducidas serán consideradas por el porcentaje realmente pago. No se las considerara como el pago de una cuota entera.
  4. El sistema Cuota Reducida constituye una redistribución en el importe de las cuotas puras, pero no significa bonificaci6n final alguna. No se aplicaran intereses en el recupero de la parte proporcional financiada.
  5. De producirse la cancelación anticipada del presente contrato, reconoceré como deuda las sucesivas reducciones de cuota que me hubiesen otorgado en el trascurso de las primeras 21 cuotas, neto de los recuperos que se hubiesen abonado desde la cuota N° 22 en adelante.
  1. En caso de cesión del plan, el cedente deberá informar al cesionario sobre las condiciones comerciales que rigen para el Plan.
BENEFICIO CUOTA FIJA
  1. a) El monto de la cuota numero uno (1) será determinado en función del Valor Básico del Bien Tipo vigente al momento de la suscripción de la Solicitud de Adhesión. Desde la cuota dos (2) y hasta la cuota seis (6) inclusive, los montos de la cuota pura quedaran fijos y serán equivalentes al valor de la cuota 1 con una reducción del 26,25%. Desde la cuota siete (7) y hasta la cuota once (11) inclusive, los montos de la cuota pura quedaran fijos y serán equivalentes al valor de las cuotas 2 a 6 con mas un 18,64% de incremento. La cuota doce (12) será también fija y será equivalente al valor de las cuotas 7 a 11 con mas un 14,29% de incremento. Los incrementos del Valor Básico que afecten en exceso el monto determinado para las doce (12) primeras cuotas estarán bonificados por General Motors de Argentina S.R.L. siempre que el incremento del Valor Básico durante las primeras doce cuotas no supere el 20 % (veinte por ciento) (en adelante la “BONIFICACION’). El porcentaje en exceso estará a cargo del suscriptor y se incluirá en forma prorrateada entre los vencimientos de las cuotas 18 a 50
  2. b) Para acceder a la BONIFICACION, el suscriptor deberá retirar el vehículo durante la vigencia del plan. Caso contrario, la Administradora procederá a descontar el importe oportunamente bonificado al momento de la liquidación del haber neto.
  3. c) El beneficio será igual y uniforme para todos los integrantes del mismo grupo.
  4. d) Las cancelaciones anticipadas de cuota, licitaciones y rehabilitaciones efectuadas durante las primeras doce cuotas quedaran excluidas de la BONIFICACION, debiendo abonarse la cuota completa sin el beneficio de la BONIFICACION, según el Valor Básico vigente a la fecha del efectivo pago.
  5. e) En caso de cesión del plan de ahorro, el suscriptor cedente deberá notificar al nuevo suscriptor las condiciones comerciales que rigen para el mismo y en particular de las obligaciones emergentes del presente Anexo. En ese sentido, la Administradora no se hace responsable en lo que respecta a la vigencia y transferencia de la BONIFICACION.
BENEFICIO SIN INTEGRACION MINIMA
  1. a) Los clientes mencionados en el punto uno (1) del presente Anexo, que resulten adjudicados entre las cuotas numero dos (2) y veintitrés (23), no tendrán que completar la integración mínima para poder realizar el pedido de la unidad, siempre y cuando demuestren solvencia suficiente para garantizar el saldo de la deuda, conforme lo previsto en el articulo 29 de la Resolución General IGJ N° 8/2015.
  2. b) El cliente deberá cumplir con las exigencias de la política crediticia vigente al momento de la adjudicación para acceder a esta promoción. Al retirar el vehículo el suscriptor abonará gastos de entrega. Monto sujeto a libre pacto dentro de los valores máximos comunicados a IGJ (art. 26 ap 26.4 Res. IGJ N° 8/15). Modalidad 100% cuota reducida S10 “Según “Circular Chevrolet S.A. de Ahorro para fines determinados N° 101/2020”
S10: Cuotas que figuran en la página: Valor de cuota 2

Chevrolet S.A. de Ahorro para Fines Determinados. Av. Del Libertador 101 piso 14 Vicente López Buenos Aires. CUIT: 30-68588847-1. Planes de ahorro previo por GRUPO CERRADO de 84 meses adjudicables por sorteo o licitación, aprobados por Res. 917/96 IGJ (23/9/96) y 906/04 IGJ (27/7/04). Valido únicamente para planes de ahorro previo de Chevrolet Cruze 5P 1.4T LT MT (origen: Argentina), suscriptos en Argentina entre el 01/10/2020 y el 31/10/20.

CUOTA REDUCIDA
  1. El presente sistema de “Cuota Reducida’ se aplicara para la suscripción de planes cuya duración se encuentra especificada en el frente de la Solicitud de Adhesión.
  1. Los términos y condiciones, así como la vigencia de este beneficio, podrá ser modificada por Chevrolet S.A. de Ahorro Para Fines Determinados si así lo decidiera. Los porcentajes de diferimiento que se realizan sobre cada cuota en el sistema y que se detallan en el punto 3 siguiente, se aplicaran sobre el precio de los vehículos que se informan en www.planchevrolet.com.ar y en el 0810-777-7526. El valor de los vehículos se encuentra sujeto a las variables de precios que General Motors de Argentina S.R.L. informe de tanto en tanto. Los porcentajes de diferimiento respecto de cada cuota pura son los siguientes: el suscriptor abonará cuota 1 con reducción del 20%, cuotas puras 2 a 6 con reducción del 41%, cuotas puras 7 a 11 con reducción del 30%, cuotas 12 a 16 con reducción del 20% y cuota 17 a 21 con reducción del 15%, difiriéndose el pago de dichos porcentajes de manera prorrateada entre cuotas 22 a 50.
  1. Ante el eventual cambio de precio del Valor Básico del bien suscripto, la reducción en las primeras cuotas o el recupero de dicha reducción (según corresponda) se ajustara en forma proporcional al mismo. Ello, toda vez que el porcentaje que se abone al cancelar cada cuota mensual será equivalente a un porcentaje del Valor Básico del bien objeto del plan de ahorro.

Se aclara que por “Valor Básico” se entiende el precio de lista de venta al publico al contado sugerido o indicado, periódicamente, por la Terminal o, en el caso de bienes importados, por el representante exclusivo en el país del fabricante exportador del vehículo, incluyendo los accesorios no opcionales, determinados por la Terminal, y toda bonificación que realice la Terminal a los agentes y concesionarios de su red de comercialización, en los términos y con las excepciones dispuestas en la Resolución Gral. |GJ N° 8/15, Cap. II. Art 32.

  1. En caso de rescisión o renuncia del plan de ahorro, en los términos establecidos en las Condiciones Generales del Contrato de Adhesión, la reducci6n en la cuota quedara sin efecto desde la fecha de la primera cuota impaga.
  2. La cuota de licitación será equivalente a la cuota pura real del grupo. Es decir, será la resultante de dividir el valor básico del bien suscripto por la cantidad de meses de duración del plan.
  3. A los efectos del calculo del Haber Neto, será de aplicación lo previsto en las clausulas 18.1 0 19.2 de la Solicitud de Adhesión, pero las cuotas reducidas serán consideradas por el porcentaje realmente pago. No se las considerara como el pago de una cuota entera.
  4. El sistema Cuota Reducida constituye una redistribución en el importe de las cuotas puras, pero no significa bonificaci6n final alguna. No se aplicaran intereses en el recupero de la parte proporcional financiada.
  5. De producirse la cancelación anticipada del presente contrato, reconoceré como deuda las sucesivas reducciones de cuota que me hubiesen otorgado en el trascurso de las primeras 21 cuotas, neto de los recuperos que se hubiesen abonado desde la cuota N° 22 en adelante.
  1. En caso de cesión del plan, el cedente deberá informar al cesionario sobre las condiciones comerciales que rigen para el Plan. Al retirar el vehículo el suscriptor abonará gastos de entrega. Monto sujeto a libre pacto dentro de los valores máximos comunicados a IGJ (art. 26 ap 26.4 Res. IGJ N° 8/15). Modalidad 100% cuota reducida

 

TRACKER 80/20 “Según “Circular Chevrolet S.A. de Ahorro para fines determinados N° 101/2020”

TRACKER 80/20: Cuotas que figuran en la página: Valor de cuota 2

Chevrolet S.A. de Ahorro para Fines Determinados. Av. Del Libertador 101 piso 14 Vicente López Buenos Aires. CUIT: 30-68588847-1. Planes de ahorro previo por GRUPO CERRADO de 84 meses adjudicables por sorteo o licitación, aprobados por Res. 917/96 IGJ (23/9/96) y 906/04 IGJ (27/7/04). Valido únicamente para planes de ahorro previo de Chevrolet Tracker 1.2 T MT (origen: Brasil), suscriptos en Argentina entre el 01/10/2020 y el 31/10/20.

CUOTA REDUCIDA
  1. El presente sistema de “Cuota Reducida” se aplicará para la suscripción de planes cuya duración se encuentra especificada en el frente de la Solicitud de Adhesión.
  1. Los términos y condiciones, así como la vigencia de este beneficio, podrá ser modificada por Chevrolet S.A. de Ahorro Para Fines Determinados si así lo decidiera. Los porcentajes de diferimiento que se realizan sobre cada cuota en el sistema y que se detallan en el punto 3 siguiente se aplicarán sobre el precio de los vehículos que se informan en www.planchevrolet.com.ar y en el 0810-777-7526. El valor de los vehículos se encuentra sujeto a las variables de precios que General Motors de Argentina S.R.L. informe de tanto en tanto. Los porcentajes de diferimiento respecto de cada cuota pura son los siguientes: el suscriptor abonará cuota 1 con reducción del 20%, cuotas puras 2 a 6 con reducción del 41%, cuotas puras 7 a 11 con reducción del 30%, cuotas 12 a 16 con reducción del 20% y cuota 17 a 21 con reducción del 15%, difiriéndose el pago de dichos porcentajes de manera prorrateada entre cuotas 22 a 84
  1. Ante el eventual cambio de precio del Valor Básico del bien suscripto, la reducción en las primeras cuotas o el recupero de dicha reducción (según corresponda) se ajustará en forma proporcional al mismo. Ello, toda vez que el porcentaje que se abone al cancelar cada cuota mensual será equivalente a un porcentaje del Valor Básico del bien objeto del plan de ahorro. Se aclara que por “Valor Básico” se entiende el precio de lista de venta al público al contado sugerido o indicado, periódicamente, por la Terminal o, en el caso de bienes importados, por el representante exclusivo en el país del fabricante exportador del vehículo, incluyendo los accesorios no opcionales, determinados por la Terminal, y toda bonificación que realice la Terminal a los agentes y concesionarios de su red de comercialización, en los términos y con las excepciones dispuestas en la Resolución Gral. IGJ Nº 8/15, Cap. II. Art 32.
  1. En caso de rescisión o renuncia del plan de ahorro, en los términos establecidos en las Condiciones Generales del Contrato de Adhesión, la reducción en la cuota quedará sin efecto desde la fecha de la primera cuota impaga.
  1. La cuota de licitación será equivalente a la cuota pura real del grupo. Es decir, será la resultante de dividir el valor básico del bien suscripto por la cantidad de meses de duración del plan.
  2. A los efectos del cálculo del Haber Neto, será de aplicación lo previsto en las cláusulas 18.1 o 19.2 de la Solicitud de Adhesión, pero las cuotas reducidas serán consideradas por el porcentaje realmente pago. No se las considerará como el pago de una cuota entera.
  3. El sistema Cuota Reducida constituye una redistribución en el importe de las cuotas puras, pero no significa bonificación final alguna. No se aplicarán intereses en el recupero de la parte proporcional financiada.
  4. De producirse la cancelación anticipada del presente contrato, reconoceré como deuda las sucesivas reducciones de cuota que me hubiesen otorgado en el trascurso de las primeras 21 cuotas, neto de los recuperos que se hubiesen abonado desde la cuota N° 22 en adelante.
  5. En caso de cesión del plan, el cedente deberá informar al cesionario sobre las condiciones comerciales que rigen para el Plan
BENEFICIO CUOTA FIJA

a) El monto de la cuota número uno (1) será determinado en función del Valor Básico del Bien Tipo vigente al momento de la suscripción de la Solicitud de Adhesión. Desde la cuota dos (2) y hasta la cuota seis (6) inclusive, los montos de la cuota pura quedarán fijos y serán equivalentes al valor de la cuota1con una reducción del 26,25%. Desde la cuota siete (7) y hasta la cuota once (11) inclusive, los montos de la cuota pura quedarán fijos y serán equivalentes al valor de las cuotas 2 a 6 con más un 18,64% de incremento. La cuota doce (12) será también fija y será equivalente al valor de las cuotas 7 a 11 con más un 14,29% de incremento. Los incrementos del Valor Básico que afecten en exceso el monto determinado para las doce (12) primeras cuotas estarán bonificados  por General Motors de Argentina S.R.L. siempre que el incremento del Valor Básico durante las primeras doce cuotas no supere el 20% (veinte por ciento)(en adelante la “BONIFICACIÓN”). El porcentaje en exceso estará a cargo del suscriptor y se incluirá en forma prorrateada entre los vencimientos de las cuotas 18 a 50.

b) Para acceder a la BONIFICACIÓN, el suscriptor deberá retirar el vehículo durante la vigencia del plan. Caso contrario, la Administradora procederá a descontar el importe oportunamente bonificado al momento de la liquidación del haber neto.

c) El beneficio será igual y uniforme para todos los integrantes del mismo grupo.

d) Las cancelaciones anticipadas de cuota, licitaciones y rehabilitaciones efectuadas durante las primeras doce cuotas quedarán excluidas de la BONIFICACION, debiendo abonarse la cuota completa sin el beneficio de la BONIFICACIÓN, según el Valor Básico vigente a la fecha del efectivo pago.

e) En caso de cesión del plan de ahorro, el suscriptor cedente deberá notificar al nuevo suscriptor las condiciones comerciales que rigen para el mismo y en particular de las obligaciones emergentes del presente Anexo. En ese sentido, la Administradora no se hace responsable en lo que respecta a la vigencia y transferencia de la BONIFICACIÓN.

f) Los incrementos que se produzcan como consecuencia de las variaciones del Valor Básico del Bien Tipo, durante los doce (12)meses de cuota fija, no generarán intereses ni costos para el Grupo.

Oportunidades Chevrolet

Para más información visitar https://www.chevrolet.com.ar/promociones

Políticas de Privacidad

El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326; el consentimiento sobre los datos puede ser revocado. La Agencia de Acceso a la Información Pública, Órgano de Control de la ley 25.326, tiene la atribución de atender denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. El titular de los datos podrá solicitar el retiro o bloqueo total o parcial de su nombre de la base de datos.

Los datos personales que usted nos brinde con motivo de la compra de algún vehículo y/o el requerimiento de servicios a este Concesionario Oficial, podrán ser cedidos y/o compartidos con General Motors de Argentina S.R.L. (“GMA”), con domicilio en Av. del Libertador 101, Piso 13 de la localidad de Vicente López, en la provincia de Buenos Aires, con la finalidad que GMA pueda cumplir las obligaciones que correspondan en los términos de la garantía sobre los vehículos que fabrica y/o importa, medir el grado de satisfacción de los clientes con dichos vehículos y/o con los servicios requeridos en su Red Oficial de Concesionarios y/o Talleres Oficiales, así como realizar campañas publicitarias y/o de marketing tendientes a mantenerlo actualizado sobre nuevos productos, promociones y/o distintos servicios ofrecidos por GMA, y/o por su Red Oficial de Concesionarios y/o Talleres Oficiales. En este sentido, GMA podrá ceder y/o compartir los datos que usted proporcione con: i) Agencias de Publicidad, y/o eventos y/o promociones y/o cualquier otra acción de marketing por encargo de GMA; ii) Empresas que provean a GMA cualquier tipo de servicios informáticos y/o de archivo de información electrónica y/o física o que provean cualquier tipo de servicio a GMA incluyendo estudios de marketing y ventas; iii) Empresas que operen su Centro de Atención al Cliente; iv) Chevrolet S.A. de Ahorro para fines determinados y/o cualquier otra empresa que ofrezca líneas de crédito o financiación para su gama de productos; v) Empresas relacionadas o vinculadas a GMA. Las Empresas mencionadas en los puntos i) a v) podrán localizar la base de datos en Argentina como en terceros países. GMA se compromete a incluir en sus acuerdos con estas empresas, la obligación de las mismas de respetar las disposiciones de las normas de protección de datos personales vigentes en Argentina, como así también la política de GMA en materia de protección de la privacidad, seguridad y confidencialidad de la información. Usted podrá consultar dicha política ingresando a la página www.chevrolet.com.ar.